Ley [LFIIEDB]
Artículo 117 de Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 117. El contrato de inversión estratégica deberá contener, como mínimo:
- Nombre, datos de identificación y capacidad jurídica de las partes;
- Personalidad de los representantes legales de las partes;
- El objeto del contrato;
- La fuente y costo de capital;
- Los derechos y obligaciones de las partes;
- Las características, especificaciones, estándares técnicos, niveles de desempeño y calidad para la ejecución de la obra y prestación de los servicios;
- La relación de los inmuebles, muebles y derechos afectos al proyecto y su destino a la terminación del contrato;
- El plazo para el inicio y terminación de la obra, que incluirá la conservación periódica y rutinaria de las estructuras durante todo el periodo del contrato, para el inicio en la prestación de los servicios, la entrega de los bienes y obra pública, así como el plazo de vigencia del contrato;
- La indicación de las autorizaciones para el desarrollo del proyecto;
- Los supuestos de rescisión y terminación anticipada del contrato y sus efectos, incluyendo las obligaciones, reembolsos y penas convencionales que, según sea el caso, deriven de las mismas, así como los términos y condiciones para realizarlas;
- El régimen de penas convencionales y de sanciones por incumplimiento de las obligaciones de las partes;
- Los procedimientos de solución de controversias;
- La obligación del contratista, desarrollador o proveedor, según corresponda, de proporcionar la información necesaria a la Dependencia o Entidad contratante, para los informes trimestrales a que se refiere el artículo de , y
- Los demás que, en su caso, establezca el Reglamento.
Para efectos de la , el contrato y sus anexos son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones. Las estipulaciones del contrato no deberán contravenir los términos y condiciones de las bases de la licitación y los señalados en las juntas de aclaraciones.