Ley [LFIIEDB]
Artículo 19 de Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 19. Aquellos fondos o cualquier fideicomiso público creados por mandato de ley o decreto del Ejecutivo Federal, que tengan por objeto la ejecución de Proyectos para el desarrollo con bienestar en los sectores materia de la , podrán utilizarse, así como participar de los mecanismos de inversión contenidos en la misma, siempre que dichas acciones se realicen conforme a sus fines, reglas de operación, en su caso, y al marco jurídico que los rige.