Ley [LFIIEDB]
Artículo 33 de Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 33. Para la ejecución de los Proyectos Elegibles bajo el esquema de contratación de largo plazo el vehículo correspondiente podrá ejecutar directamente las obras o servicios, o contratar con terceros su realización, de conformidad con la legislación aplicable en materia de contratación pública o cualquier otra que resulte aplicable.
La constitución del vehículo no implicará por sí misma autorización de gasto, endeudamiento o garantía por parte del Estado.