Ley [LFIIEDB]

Artículo 63 de Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 63. Los Proyectos Procedentes previstos en que reciban Apoyos, deberán sujetarse en todo momento a las disposiciones jurídicas aplicables en la materia presupuestaria y, en su caso, de deuda pública, así como contar con las autorizaciones que, en las distintas materias, resulten legalmente exigibles.

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