Ley [LFIIEDB]
Artículo 64 de Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 64. Las autoridades federales competentes podrán celebrar convenios de colaboración con las Entidades Federativas y Municipios para fomentar los Proyectos para el desarrollo con bienestar, de conformidad con las disposiciones aplicables.