Artículo 65. El Ejecutivo Federal podrá otorgar estímulos fiscales para fomentar los Proyectos para el desarrollo con bienestar, en términos de la normativa aplicable.
Ley [LFIIEDB]
Artículo 65. El Ejecutivo Federal podrá otorgar estímulos fiscales para fomentar los Proyectos para el desarrollo con bienestar, en términos de la normativa aplicable.
Navegación jurídica
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar (LFIIEDB)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.