Ley [LFIIEDB]

Artículo 7 de Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 7. Los proyectos que cuenten con recursos públicos y que se incorporen a los Vehículos de Propósito Específico a que hace referencia la son prioritarios, por lo cual serán objeto de registro, seguimiento y evaluación que corresponda, de acuerdo con la y no podrán sufrir disminución en sus montos presupuestales aprobados.

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