Ley [LFIIEDB]
Artículo 7 de Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 7. Los proyectos que cuenten con recursos públicos y que se incorporen a los Vehículos de Propósito Específico a que hace referencia la son prioritarios, por lo cual serán objeto de registro, seguimiento y evaluación que corresponda, de acuerdo con la y no podrán sufrir disminución en sus montos presupuestales aprobados.