Ley [LFIIEDB]
Artículo 8 de Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 8. A falta de disposición expresa en , serán aplicables de manera supletoria, en el orden siguiente:
- En materia administrativa, presupuestaria, de deuda pública y contable del sector público:
- ;
- ;
- ;
- , y
- ;
- En materia procedimental civil, mercantil y financiera especializada:
- ;
- ;
- ;
- , y
- , y
- En materia de contratación de proyectos estratégicos:
- ;
- ;
- , y
- Las demás disposiciones que, por la naturaleza del Proyecto, le correspondan.