Ley [LFIIEDB]

Artículo 81 de Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 81. El gasto público federal que, en su caso, sea necesario para la ejecución de los Proyectos para el desarrollo con bienestar previstos en , se ajustará a las disposiciones de la , al Presupuesto de Egresos de la Federación y demás disposiciones jurídicas aplicables, sin que la pueda interpretarse como fuente autónoma de asignación presupuestaria, autorización de gasto, ni de compromisos plurianuales no aprobados de conformidad con la legislación aplicable.

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