Ley [LFIIEDB]
Artículo 81 de Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 81. El gasto público federal que, en su caso, sea necesario para la ejecución de los Proyectos para el desarrollo con bienestar previstos en , se ajustará a las disposiciones de la , al Presupuesto de Egresos de la Federación y demás disposiciones jurídicas aplicables, sin que la pueda interpretarse como fuente autónoma de asignación presupuestaria, autorización de gasto, ni de compromisos plurianuales no aprobados de conformidad con la legislación aplicable.