Ley [LFIV_230518]

Articulo 21

Ley De Fomento A La Industria Vitivinícola

Artículo 21. La Secretaría de Economía en coordinación con la Comisión apoyará al Sector a:

  1. Realizar campañas de promoción del Vino Mexicano, asegurándose que las marcas participantes en estas campañas estén debidamente certificadas conforme lo establezcan las normas oficiales mexicanas aplicables al Vino;
  2. Difundir las normas oficiales mexicanas en donde se establezcan las características y especificaciones necesarias que deberán cumplir la elaboración de productos vitivinícolas para su comercialización;
  3. Incentivar en conjunto con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la incorporación de los productores mexicanos, al padrón nacional de exportadores, conforme a los lineamientos legales vigentes;
  4. Difundir las políticas de exportación para potenciar la penetración del Vino Mexicano en otros mercados, y
  5. El acceso a los programas federales en relación a los apoyos vitivinícolas.
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