Ley [LFIV_230518]

Articulo 28

Ley De Fomento A La Industria Vitivinícola

Artículo 28. La Secretaría de Energía, en coordinación con la Comisión, apoyará al Sector a:

  1. Fomentar y promover una mayor integración nacional de equipos y componentes para el aprovechamiento de las energías renovables en los diferentes procesos de producción del Vino Mexicano, y
  2. Promover las energías renovables utilizadas en la vitivinicultura, en apego a la Ley de Transición Energética.
Citado por 0 leyes