Ley [LFTSE]

Articulo 116

Ley Federal De Los Trabajadores Al Servicio Del Estado, Reglamentaria Del Apartado B\) Del Artículo 123 Constitucional

Artículo 116.- La prescripción se interrumpe:

    I- Por la sola presentación de la demanda respectiva ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, y
    II- Si la persona a cuyo favor corre la prescripción reconoce el derecho de aquella contra quien prescribe, por escrito o por hechos indudables.
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