Ley [LFTSE]

Articulo 162

Ley Federal De Los Trabajadores Al Servicio Del Estado, Reglamentaria Del Apartado B\) Del Artículo 123 Constitucional

Artículo 162.- El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje impondrá correcciones disciplinarias:

  1. A los particulares que faltaren al respeto y al orden debidos durante las actuaciones del Tribunal, y
  2. A los empleados del propio Tribunal, por las faltas que cometan en el desempeño de sus funciones.
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