Ley [LFTSE]
Articulo 99
Ley Federal De Los Trabajadores Al Servicio Del Estado, Reglamentaria Del Apartado B\) Del Artículo 123 Constitucional
Artículo 99.- Para declarar una huelga se requiere:
- I- Que se ajuste a los términos del artículo de , y
- II- Que sea declarada por las dos terceras partes de los trabajadores de la dependencia afectada.