Ley [LGN]

Artículo 3 de Ley De La Guardia Nacional

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley De La Guardia Nacional (LGN)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Artículo 3. A falta de disposición expresa se aplicarán en forma supletoria, en lo que resulten aplicables, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Código Nacional de Procedimientos Penales, así como toda aquella normativa aplicable en la materia.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad