Ley [LIH]

Artículo 22 de Ley De Ingresos Sobre Hidrocarburos

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley De Ingresos Sobre Hidrocarburos (LIH)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Artículo 22.- Las Contraprestaciones a favor del Contratista establecidas en los Contratos de servicios se pagarán por el Fondo Mexicano del Petróleo con los recursos generados por la comercialización de la Producción Contractual que derive de cada Contrato de servicios.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad