Ley [LOBNOSP]
Articulo 22
Ley Orgánica Del Banco Nacional De Obras Y Servicios Públicos
Artículo 22.- El Director General será designado por el Ejecutivo Federal a través del Secretario de Hacienda y Crédito Público, debiendo recaer ese nombramiento en persona que reúna los requisitos que establece el artículo de la Ley Reglamentaria del Servicio de Banca y Crédito.