Ley [LOBNOSP]
Articulo cuarto
Ley Orgánica Del Banco Nacional De Obras Y Servicios Públicos
cuarto..- El Reglamento Orgánico de la Sociedad deberá expedirse en un plazo no mayor de 180 días, contados a partir de la fecha de la vigencia de la . Hasta en tanto, continuará en vigor el expedido el 26 de julio de 1985.