Ley [LOBNOSP]
Articulo sexto
Ley Orgánica Del Banco Nacional De Obras Y Servicios Públicos
sexto..- Los títulos de crédito que la institución retire del mercado para su amortización normal o anticipada, serán desde luego, cancelados en forma indubitable e incinerados.
México, D. F., a 21 de diciembre de 1985.- Fernando Ortíz Arana, Dip. Presidente.- Socorro Díaz Palacios, Sen. Presidenta.- Rebeca Arenas Martínez, Dip. Secretario.- Guillermo Mercado Romero.- Sen. Secretario.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo de la y para su debida publicación y observancia expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintitrés días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco.- Miguel de la Madrid H.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Manuel Bartlett D.- Rúbrica.- P.A. del Secretario de Hacienda y Crédito Público, el Subsecretario Encargado del Despacho, Francisco Suárez Dávila.- Rúbrica.- El Secretario de la Contraloría General de la Federación, Francisco Rojas Gutiérrez.- Rúbrica.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Daniel Díaz Díaz.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología, Guillermo Carrillo Arena.- Rúbrica.- El Secretario de Turismo, Antonio Enríquez Savigñac.- Rúbrica.