Artículo 2o.- La planeación deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo equitativo, incluyente, integral, sustentable y sostenible del país, con perspectiva de interculturalidad y de género, y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales, ambientales y económicos contenidos en la . Para ello, estará basada en los siguientes principios:
Párrafo reformado DOF ,
- I- El fortalecimiento de la soberanía, la independencia y autodeterminación nacionales, en lo político, lo económico y lo cultural;
- II- La preservación y el perfeccionamiento del régimen representativo, democrático, laico y federal que la establece; y la consolidación de la democracia como sistema de vida, fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo en un medio ambiente sano;
Fracción reformada DOF
- III- La igualdad de derechos entre las personas, la no discriminación, la atención de las necesidades básicas de la población y la mejoría, en todos los aspectos de la calidad de la vida, para lograr una sociedad más igualitaria, garantizando un ambiente adecuado para el desarrollo de la población;
Fracción reformada DOF , ,
- IV- Las obligaciones del Estado de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos reconocidos en la y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte;
Fracción reformada DOF ,
- V- El fortalecimiento del pacto federal y del Municipio libre, para lograr un desarrollo equilibrado del país, promoviendo la descentralización de la vida nacional;
Fracción reformada DOF
- VI- El equilibrio de los factores de la producción, que proteja y promueva el empleo; en un marco de estabilidad económica y social;
Fracción reformada DOF ,
- VII- La perspectiva de género, para garantizar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, y promover el adelanto de las mujeres mediante el acceso equitativo a los bienes, recursos y beneficios del desarrollo, y
Fracción adicionada DOF . Reformada DOF ,
- VIII- La factibilidad cultural de las políticas públicas nacionales.
Fracción adicionada DOF