Ley [LRArt76_fracVI]
Artículo 20 de Ley Reglamentaria De La Fracción Vi Del Artículo 76 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
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Ley Reglamentaria De La Fracción Vi Del Artículo 76 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos (LRArt76_fracVI)
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Artículo 20. La Comisión determinará en el proyecto de resolución:
- La materia o materias objeto del conflicto;
- Si en efecto se configuró la cuestión política y si ésta afectó a uno de los poderes;
- Las acciones u omisiones que las partes deben asumir para dar por concluido el conflicto, y
- Las prevenciones que se adoptarán en caso de incumplimiento de la resolución por alguna de las partes.