Ley [164_190719]
Articulo 24
Ley Orgánica Del Banco Del Bienestar
Artículo 24.- El Director General será designado por el Ejecutivo Federal a través del Secretario de Hacienda y Crédito Público, debiendo recaer ese nombramiento en persona que reúna los requisitos que establece el artículo 24 de la .