Ley [164_190719]

Articulo octavo

Ley Orgánica Del Banco Del Bienestar

TRANSITORIOS

octavo..- Para los efectos del artículo de , en tanto no se suscriban los certificados de aportación patrimonial de la serie "B", la vigilancia de la Institución estará encomendada exclusivamente al comisario designado por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

México, D.F., a 30 de abril de 2001.- Dip. Ricardo García Cervantes, Presidente.- Sen. Enrique Jackson Ramírez, Presidente.- Dip. Manuel Medellín Milán, Secretario.- Sen. Yolanda González Hernández, Secretaria.- Rúbricas".

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo de la , y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los treinta días del mes de mayo de dos mil uno.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Santiago Creel Miranda.- Rúbrica.

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