"No te quedes inmóvil al borde del camino; no congeles el júbilo; no quieras con desgana; no te salves ahora ni nunca."
Mario Benedetti

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Ley Para El Diálogo, La Conciliación Y La Paz Digna En Chiapas

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Ley Para El Diálogo, La Conciliación Y La Paz Digna En Chiapas

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Resumen de la ley

Ley Para El Diálogo, La Conciliación Y La Paz Digna En Chiapas regula una materia federal identificada en su texto oficial. Su primer artículo señala: Esta Ley tiene por objeto establecer las bases jurídicas que propicien el diálogo y la conciliación para alcanzar, a través de un acuerdo de concordia y pacificación, la solución justa, digna y duradera al conflicto armado iniciado el 1o. El análisis local detectó 13 artículos ordinarios y materias como derechos humanos y garantías, pueblos y comunidades indígenas, organización del estado, federalismo y municipios.

Derechos humanos y garantías Pueblos y comunidades indígenas Organización del Estado Federalismo y municipios

Lo esencial

Qué regula

  • Derechos humanos y garantías
  • Pueblos y comunidades indígenas
  • Organización del Estado
  • Federalismo y municipios

A quién aplica

  • Personas en los Estados Unidos Mexicanos.
  • Autoridades de todos los órdenes de gobierno.
  • Federación, entidades federativas, municipios y Ciudad de México.

Materias principales

  • Derechos humanos y garantías
  • Pueblos y comunidades indígenas
  • Organización del Estado
  • Federalismo y municipios

Aplicación práctica

Autoridades relacionadas

  • Congreso de la Unión
  • Poder Ejecutivo Federal
  • Federación
  • Entidades federativas
  • Municipios
  • Ciudad de México

Obligaciones principales

  • Las autoridades deben actuar dentro de sus competencias y conforme a las obligaciones previstas en el texto.

Sanciones o consecuencias

  • Consecuencias penales o administrativas cuando el texto las remite a la ley.
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Artículos clave
ArtículoPor qué importa
1Esta Ley tiene por objeto establecer las bases jurídicas que propicien el diálogo y la conciliación para alcanzar, a través de un acuerdo de concordia y pacificación, la solución justa...
2Será objeto del acuerdo de concordia y pacificación a que se refiere el artículo anterior, entre otros, pactar las bases que permitan:
3En el acuerdo de concordia y pacificación previsto en esta Ley, intervendrán los representantes del Gobierno Federal y del EZLN con la participación que corresponda a la Comisión de...
4Con objeto de propiciar condiciones para el diálogo y la conciliación, a partir de la fecha de publicación de la presente Ley en el Diario Oficial de la Federación y durante los treinta...
5El Gobierno Federal pactará con el EZLN los calendarios, agenda y, en general, las bases para el diálogo y la negociación del acuerdo de concordia y pacificación previsto en este...
6En tanto se desarrolla el diálogo y la negociación, el Gobierno Federal adoptará las medidas necesarias para garantizar el libre tránsito de los dirigentes y negociadores del EZLN y...
7El Gobierno Federal en coordinación con el Gobierno del Estado de Chiapas y los ayuntamientos respectivos, otorgará garantías y facilidades a los indígenas y campesinos de la zona del...
8Se crea la Comisión de Concordia y Pacificación, integrada por los miembros de la Comisión Legislativa del Congreso de la Unión para el Diálogo y la Conciliación para el Estado de Chiapas...
9La Comisión para la Concordia y la Pacificación se encargará de:
10Una vez que se suscriba el acuerdo de concordia y pacificación a que se refiere esta Ley, o cuando los negociadores lo consideren procedente, se creará una Comisión de Seguimiento y...
11La Comisión de Seguimiento y Verificación se encargará de:
12El Gobierno Federal promoverá la coordinación de acciones con el Gobierno del Estado de Chiapas y de sus ayuntamientos, a fin de que las acciones e inversiones federales, estatales y...
Mapa de temas
TemaArtículos detectadosDescripción
Derechos humanos y garantías2, 7Reconoce derechos y principios de protección frente a autoridades.
Pueblos y comunidades indígenas12Reconoce derechos y reglas aplicables a pueblos y comunidades.
Organización del Estado2, 8, 13Define órganos, competencias y división de poderes.
Federalismo y municipios6, 13Distribuye competencias entre Federación, entidades y municipios.
Plazos importantes
  • III.- Propiciar que los integrantes del EZLN participen en el ejercicio de la política dentro de los cauces pacíficos que ofrece el Estado de Derecho, con respeto absoluto a su dignidad y garantías de ciudadanos...
  • ARTICULO 4.- Con objeto de propiciar condiciones para el diálogo y la conciliación, a partir de la fecha de publicación de la presente Ley en el Diario Oficial de la Federación y durante los treinta días naturales...
  • Si ha iniciado el diálogo dentro de dicho plazo, se mantendrán las suspensiones mencionadas en el párrafo anterior, siempre que continúen las negociaciones para la suscripción del acuerdo de concordia y pacificación a...
  • TERCERO.- La Comisión de Concordia y Pacificación a que se refiere esta Ley, se instalará a los tres días hábiles de la entrada en vigor de este ordenamiento.
  • En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del...

Preguntas frecuentes

¿De qué trata Ley Para El Diálogo, La Conciliación Y La Paz Digna En Chiapas?

Ley Para El Diálogo, La Conciliación Y La Paz Digna En Chiapas regula una materia federal identificada en su texto oficial. Su primer artículo señala: Esta Ley tiene por objeto establecer las bases jurídicas que propicien el diálogo y la conciliación para alcanzar, a través de un acuerdo de concordia y pacificación, la solución justa, digna y duradera al conflicto armado iniciado el 1o. El análisis local detectó 13 artículos ordinarios y materias como derechos humanos y garantías, pueblos y comunidades indígenas, organización del estado, federalismo y municipios.

¿Qué regula Ley Para El Diálogo, La Conciliación Y La Paz Digna En Chiapas?

Regula principalmente derechos humanos y garantías, pueblos y comunidades indígenas, organización del estado, federalismo y municipios.

¿A quién aplica Ley Para El Diálogo, La Conciliación Y La Paz Digna En Chiapas?

Aplica principalmente a Personas en los Estados Unidos Mexicanos; Autoridades de todos los órdenes de gobierno; Federación, entidades federativas, municipios y Ciudad de México.

¿Qué artículos conviene revisar primero en Ley Para El Diálogo, La Conciliación Y La Paz Digna En Chiapas?

Conviene empezar por artículo 1, porque Esta Ley tiene por objeto establecer las bases jurídicas que propicien el diálogo y la conciliación para alcanzar, a través de un acuerdo de concordia y pacificación, la solución justa... También puede revisarse artículo 2, porque Será objeto del acuerdo de concordia y pacificación a que se refiere el artículo anterior, entre otros, pactar las bases que permitan:

¿En qué casos puedo usar esta ley?

Puedes usarla para ubicar derechos humanos y garantías, pueblos y comunidades indígenas, organización del estado, federalismo y municipios, identificar sujetos obligados, revisar artículos clave y conectar el tema con leyes relacionadas.

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LEY PARA EL DIÁLOGO, LA CONCILIACIÓN Y LA PAZ DIGNA EN CHIAPAS
TEXTO VIGENTE
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 1995
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
D E C R E T O
"EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: