decimo..- Las autorizaciones otorgadas y los demás actos administrativos realizados con fundamento en las leyes relativas al sistema financiero, que conforme a lo dispuesto en la presente Ley corresponda llevar a cabo a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, continuarán en vigor hasta que, en su caso, sean revocados o modificados expresamente por dicha Comisión.
Ley [LCNBV]
Artículo decimo de Ley De La Comisión Nacional Bancaria Y De Valores
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Ley General De Organizaciones Y Actividades Auxiliares Del Crédito
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Ley De Ingresos Sobre Hidrocarburos
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Ley Del Mercado De Valores
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Ley De Ahorro Y Crédito Popular
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