Artículo 195-z-11 quáter. Por los servicios relacionados con el cumplimiento de medidas de protección de los puertos, se pagará por cada uno, las siguientes cuotas:

  1. Por la expedición, reposición o renovación de la declaración de cumplimiento $8,432.06
  2. Por la evaluación de protección $73,225.59
  3. Por la revisión y, en su caso, aprobación del plan de protección $18,636.15
  4. Por la verificación inicial, anual o de renovación de la implantación del plan de protección $49,349.14

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