Artículo 195-z-21. Por el trámite y, en su caso, expedición del certificado de exención SOLAS se pagará por cada embarcación, conforme a las siguientes cuotas:

  1. De más de 10 hasta 200 unidades de arqueo bruto $7,471.75
  2. De más de 200 hasta 500 unidades de arqueo bruto $8,856.17
  3. De más de 500 hasta 1,000 unidades de arqueo bruto $10,396.75
  4. De más de 1,000 hasta 5,000 unidades de arqueo bruto $13,490.53
  5. De más de 5,000 hasta 10,000 unidades de arqueo bruto $18,926.21
  6. De más de 10,000 unidades de arqueo bruto $30,507.75

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