Ley [LFD]
Artículo 72 de Ley Federal De Derechos
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Artículo 72 .- Por recepción y estudio de solicitudes y expedición de resoluciones específicas de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras y de autorizaciones que emita la Secretaría de Economía, se pagará el derecho de inversiones extranjeras, conforme a las siguientes cuotas:
Párrafo reformado DOF ,
- I- Suscripción o adquisición de acciones o partes sociales de sociedades por constituir o ya constituidas y establecimiento de sucursales para realizar actividades o adquisiciones con regulación específica y en las que la inversión extranjera participe en más del 49% $10,448.32
Fracción reformada DOF , ,
- II- Constitución de fideicomisos de acciones o partes sociales, por virtud de los cuales se deriven derechos en favor de la inversión extranjera $10,448.32
Fracción reformada DOF
- III- Por afectación de acciones para que instituciones fiduciarias emitan instrumentos de inversión neutra, o la emisión de series especiales de acciones neutras por parte de sociedades mexicanas $10,135.33
Fracción reformada DOF
- IV- Entrada a nuevos campos de actividad económica, en donde se requiera resolución favorable de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras $2,005.20
Fracción reformada DOF
- V- Autorización para la inscripción de personas morales extranjeras en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio, o para su establecimiento en la República Mexicana $2,934.59
Fracción reformada DOF ,
- VI- Replanteamiento a resoluciones específicas o autorizaciones y exención de cumplimiento de programas y compromisos $10,037.47
Fracción reformada DOF , ,
- VII- Reconsideraciones o revisiones de resoluciones específicas $1,202.96
Fracción reformada DOF , ,
- VIII- Por recepción, estudio o resolución de consultas o confirmaciones de criterio que se presenten sobre la legislación aplicable en materia de inversión extranjera $1,007.33
Fracción reformada DOF , ,
- IX- Por recepción y estudio de solicitudes para el otorgamiento de prórrogas:
- a).- Por la primera prórroga $1,007.33
- b).- Por la segunda y ulteriores prórrogas $2,014.95
Fracción reformada DOF , . Reformada con incisos DOF
- X- Por la recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, el otorgamiento de la opinión de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras a que se refiere el artículo 56 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión $29,675.45
Fracción adicionada DOF . Derogada DOF . Adicionada DOF . Reformada DOF
- XI- (Se deroga).
Fracción adicionada DOF . Derogada DOF
- XII- (Se deroga).
Fracción adicionada DOF . Derogada DOF
- XIII- (Se deroga).
Fracción adicionada DOF . Derogada DOF
Artículo reformado DOF