Ley [LFPCCS_110518]
Articulo 29
Ley Federal De Producción, Certificación Y Comercio De Semillas
Artículo 29.- Para la correcta identificación de las semillas calificadas, deberán ostentar en su envase las etiquetas que para tal efecto establezcan las respectivas Normas Oficiales Mexicanas y las Reglas respectivas.