Ley [LFPRH]
Articulo 57
Ley Federal De Presupuesto Y Responsabilidad Hacendaria
Artículo 57.- Los ejecutores de gasto deberán sujetarse a los montos autorizados en el Presupuesto de Egresos para sus respectivos ramos, programas y flujos de efectivo, salvo que se realicen adecuaciones presupuestarias en los términos que señala este Capítulo y los artículos , y de .