Ley [LFPRH]

Artículo 116 de Ley Federal De Presupuesto Y Responsabilidad Hacendaria

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 116.- Las sanciones e indemnizaciones que se determinen conforme a las disposiciones de tendrán el carácter de créditos fiscales y se fijarán en cantidad líquida, sujetándose al procedimiento de ejecución que establece la legislación aplicable.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias