Ley [LGDLPI]

Articulo sexto

Ley General De Derechos Lingüísticos De Los Pueblos Indígenas

TRANSITORIOS

sexto.. Los congresos estatales analizarán, de acuerdo con sus especificidades etnolingüísticas, la debida adecuación de las leyes correspondientes de conformidad con lo establecido en .

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