Ley [LGN]
Artículo 12 de Ley De La Guardia Nacional
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Ley De La Guardia Nacional (LGN)
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Artículos cercanos
Artículo 12. La Guardia Nacional estará integrada por:
- Recursos Humanos:
- El personal militar con formación policial, y
- Personal de confianza;
- Recursos económicos: Los recursos que el Presupuesto de Egresos de la Federación le asigne para su sostenimiento y cumplimiento de sus atribuciones y obligaciones, y
- Recursos materiales: Los bienes muebles e inmuebles destinados para el cumplimiento de sus atribuciones.