Ley [LGN]
Artículo 62 de Ley De La Guardia Nacional
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 62. El personal integrante de la Guardia Nacional, por lo que hace a los delitos en que incurra durante su función policial, estará sujeto al fuero federal; asimismo, a la jurisdicción militar respecto de los delitos especificados en el Libro Segundo del .