Ley Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado
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Ley Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado
Resumen de la ley
Ley Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado regula seguros, prestaciones, servicios institucionales, incorporación, cuotas y derechos de seguridad social. Su artículo inicial permite ubicar el punto de partida de la norma: La presente Ley es de orden público, de interés social y de observancia en toda la República, y se aplicará a las Dependencias, Entidades, Trabajadores al servicio civil, Pensionados y Familiares Derechohabientes, de: El texto analizado contiene 259 artículos ordinarios detectados y debe leerse junto con sus reformas, transitorios y disposiciones complementarias aplicables.
Lo esencial
Qué regula
- Seguros y prestaciones de seguridad social
- Incorporación y afiliación
- Cuotas y aportaciones
- Riesgos de trabajo, enfermedades, invalidez, retiro y pensiones
- Servicios médicos y prestaciones sociales
A quién aplica
- Personas trabajadoras, pensionadas, aseguradas y beneficiarias.
- Patrones, dependencias, entidades y organismos de seguridad social.
Materias principales
- Seguros y prestaciones de seguridad social
- Incorporación y afiliación
- Cuotas y aportaciones
- Riesgos de trabajo, enfermedades, invalidez, retiro y pensiones
- Servicios médicos y prestaciones sociales
Derechos principales
- Seguridad social
- Atención médica
- Pensiones
- Prestaciones económicas y en especie
Aplicación práctica
Obligaciones principales
- Cubrir cuotas y aportaciones cuando corresponda.
- Inscribir y reportar información de personas aseguradas conforme a la ley.
Trámites, procedimientos o acciones relacionadas
- Afiliación
- Determinación de cuotas
- Otorgamiento de pensiones
- Reclamación de prestaciones
Sanciones o consecuencias
- Créditos por cuotas
- Multas
- Responsabilidad por omisiones de inscripción o pago
Definiciones importantes
| Concepto | Explicación sencilla |
|---|---|
| Administradora | las administradoras de fondos para el retiro |
| Aportaciones | los enteros de recursos que cubran las Dependencias y Entidades en cumplimiento de las obligaciones que respecto de sus Trabajadores les impone esta Ley |
| Aseguradora | las instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de Pensiones derivados de las leyes de seguridad social |
| Cuenta Individual | aquélla que se abrirá para cada Trabajador en el PENSIONISSSTE o, si el Trabajador así lo elije, en una Administradora, para que se depositen en la misma las Cuotas y Aportaciones de las Subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, de ahorro solida |
| Cuotas | los enteros a la seguridad social que los Trabajadores deben cubrir conforme a lo dispuesto en esta Ley |
| Cuota Social | los enteros a la seguridad social que debe realizar el Gobierno Federal, con base en las disposiciones establecidas en esta Ley |
| Dependencias | las unidades administrativas de los Poderes de la Unión, los órganos jurisdiccionales autónomos y demás órganos constitucionales autónomos, los órganos ejecutivo, legislativo y judicial de la Ciudad de México, así como las unidades administrativas de las Entid |
| Derechohabiente | a los Trabajadores, Pensionados y Familiares Derechohabientes |
| Descuento | las deducciones ordenadas por el Instituto a las percepciones de los Trabajadores o Pensionados con motivo de las obligaciones contraídas por éstos, que deberán aplicar las Dependencias, Entidades o el propio Instituto, a través de sus nóminas de pago |
| Entidades | los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y demás instituciones paraestatales federales y del Gobierno del Distrito Federal, así como los organismos de las Entidades Federativas o municipales y organismos públicos que por d |
| Entidades Federativas | a los estados de la República y el Distrito Federal |
| Familiares derechohabientes a | Párrafo reformado DOF 27-05-2011 a) La o el cónyuge del Trabajador o el Pensionado, o falta de éstos, la concubina o concubinario que haya vivido como si fuera su cónyuge durante los cinco años anteriores o con quien tuviese uno o más hijos (as), siempre que a |
Explora a detalle
Artículos clave
| Artículo | Por qué importa |
|---|---|
| 1 | La presente Ley es de orden público, de interés social y de observancia en toda la República, y se aplicará a las Dependencias, Entidades, Trabajadores al servicio civil, Pensionados y... |
| 2 | La seguridad social de los Trabajadores comprende: |
| 3 | Se establecen con carácter obligatorio los siguientes seguros: |
| 4 | Se establecen con carácter obligatorio las siguientes prestaciones y servicios: |
| 5 | La administración de los seguros, prestaciones y servicios establecidos en el presente ordenamiento, así como la del Fondo de la Vivienda, del PENSIONISSSTE, de sus delegaciones y de sus... |
| 6 | Para los efectos de esta Ley, se entenderá por: |
| 7 | Las Dependencias y Entidades, deberán remitir al Instituto de manera mensual en los términos que determine el reglamento respectivo, toda la información referente a los movimientos... |
| 8 | Los Trabajadores están obligados a proporcionar al Instituto y a las Dependencias o Entidades en que presten sus servicios: |
| 9 | El Instituto expedirá a todos los Derechohabientes de esta Ley, un medio de identificación para ejercer los derechos que la misma les confiere. |
| 10 | El Instituto definirá los medios para integrar un expediente electrónico único para cada Derechohabiente. |
| 11 | Para que los Derechohabientes puedan utilizar los seguros, prestaciones y servicios que les corresponden en términos de esta Ley, deberán cumplir los requisitos aplicables. |
| 12 | Las Dependencias o Entidades deberán enterar al Instituto las Cuotas y Aportaciones tomando como Sueldo Básico mínimo el límite inferior previsto en el artículo 17 de esta Ley, aun en el... |
Mapa de temas
| Tema | Artículos detectados | Descripción |
|---|---|---|
| Seguros y prestaciones de seguridad social | 1, 2, 3, 4, 5 | Tema principal detectado para ubicar reglas de seguros y prestaciones de seguridad social dentro de la ley. |
| Incorporación y afiliación | 31-bis, 162, 183, 203, 204 | Tema principal detectado para ubicar reglas de incorporación y afiliación dentro de la ley. |
| Cuotas y aportaciones | 6, 7, 12, 16, 17 | Tema principal detectado para ubicar reglas de cuotas y aportaciones dentro de la ley. |
| Riesgos de trabajo, enfermedades, invalidez, retiro y pensiones | 3, 6, 13, 16, 17 | Tema principal detectado para ubicar reglas de riesgos de trabajo, enfermedades, invalidez, retiro y pensiones dentro de la ley. |
| Servicios médicos y prestaciones sociales | 4, 5, 7, 11, 14 | Tema principal detectado para ubicar reglas de servicios médicos y prestaciones sociales dentro de la ley. |
Plazos importantes
- IV. Cuenta Individual, aquélla que se abrirá para cada Trabajador en el PENSIONISSSTE o, si el Trabajador así lo elije, en una Administradora, para que se depositen en la misma las Cuotas y Aportaciones de las...
- XXVII. Subcuenta, cualquiera de las Subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, del Fondo de la Vivienda, de ahorro solidario, de aportaciones complementarias de retiro, de aportaciones voluntarias y de...
- El expediente integrará todo lo relativo a vigencia de derechos, historial de cotización, situación jurídica, historia clínica, historia crediticia institucional, así como otros conceptos que se definan en el reglamento...
- I. Cuando haya dejado de prestar sus servicios en el sector público y le haya sido aplicado el plazo de doce meses de prórroga contemplado en el artículo 183 de este ordenamiento;
- El entero de las Cuotas, Aportaciones y Descuentos, será por quincenas vencidas y deberá hacerse en entidades receptoras que actúen por cuenta y orden del Instituto, mediante los sistemas o programas informáticos que se...
- Artículo 22. Cuando las Dependencias y Entidades sujetas a los regímenes de esta Ley no enteren las Cuotas, Aportaciones y Descuentos dentro del plazo establecido, deberán cubrir a partir de la fecha en que éstas se...
- Las omisiones y diferencias que resultaren con motivo de los pagos efectuados, el Instituto las notificará a las Dependencias y Entidades, debiendo éstas efectuar la aclaración o el pago, dentro de los diez días hábiles...
- Las Dependencias y Entidades mencionadas en este artículo tendrán un plazo de diez días hábiles a partir del requerimiento formulado por el Instituto, para realizar ante el Instituto las aclaraciones correspondientes.
Preguntas frecuentes
¿De qué trata Ley Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado?
Ley Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado regula seguros, prestaciones, servicios institucionales, incorporación, cuotas y derechos de seguridad social. Su artículo inicial permite ubicar el punto de partida de la norma: La presente Ley es de orden público, de interés social y de observancia en toda la República, y se aplicará a las Dependencias, Entidades, Trabajadores al servicio civil, Pensionados y Familiares Derechohabientes, de: El texto analizado contiene 259 artículos ordinarios detectados y debe leerse junto con sus reformas, transitorios y disposiciones complementarias aplicables.
¿Qué regula Ley Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado?
Regula principalmente seguros y prestaciones de seguridad social, incorporación y afiliación, cuotas y aportaciones, riesgos de trabajo, enfermedades, invalidez, retiro y pensiones, servicios médicos y prestaciones sociales.
¿A quién aplica Ley Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado?
Aplica principalmente a Personas trabajadoras, pensionadas, aseguradas y beneficiarias; Patrones, dependencias, entidades y organismos de seguridad social.
¿Qué artículos conviene revisar primero en Ley Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado?
Conviene empezar por artículo 1, porque La presente Ley es de orden público, de interés social y de observancia en toda la República, y se aplicará a las Dependencias, Entidades, Trabajadores al servicio civil, Pensionados y... También puede revisarse artículo 2, porque La seguridad social de los Trabajadores comprende:
¿En qué casos puedo usar esta ley?
Puedes usarla para ubicar seguros y prestaciones de seguridad social, incorporación y afiliación, cuotas y aportaciones, riesgos de trabajo, enfermedades, invalidez, retiro y pensiones, identificar sujetos obligados, revisar artículos clave y conectar el tema con leyes relacionadas.
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