Artículo 20.- Las garantías sólo se harán efectivas cuando la falta de recuperación se provoque por las causas imprevisibles o incontrolables que determinen las reglas de operación.
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Artículo 20
REGLAMENTO de la Ley que Crea el Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura
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