Lectura de artículo · 158

Artículo 3°.

Ley Orgánica De La Universidad Nacional Autónoma De México

ARTICULO 3°.- Las autoridades universitarias serán:

    1 - La Junta de Gobierno.

    2 - El Consejo Universitario.

    3 - El Rector.

    4 - El Patronato.

    5 - Los Directores de Facultades, Escuelas e Institutos.

    6 - Los Consejos Técnicos a que se refiere el artículo 12.
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