Artículo 5. Para ingresar y permanecer como defensor público o asesor jurídico se requiere:
- Ser ciudadano mexicano en ejercicio de sus derechos políticos y civiles;
- Ser licenciado en derecho, con cédula profesional expedida por la autoridad competente;
- Tener como mínimo tres años de experiencia profesional en las materias relacionadas con la prestación de sus servicios;
- Gozar de buena fama y solvencia moral;
- Aprobar los exámenes de ingreso y oposición correspondientes, que para tal efecto implemente la Escuela Federal de Formación Judicial;
Fracción reformada DOF ,
- No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de libertad mayor de un año, y
Fracción reformada DOF
- En cuanto a la permanencia, no incurrir en deficiencia técnica manifiesta o reiterada ni incumplir los deberes propios del cargo. Esta disposición será aplicable a todos los servidores públicos del servicio civil de carrera.
Fracción adicionada DOF