Ley [LFPPIPP_200521]

Articulo 10

Ley Federal Para La Protección A Personas Que Intervienen En El Procedimiento Penal

Artículo 10. La ejecución de las Medidas de Protección estarán a cargo de la Unidad misma que dependerá del Director y se integrará con agentes de la Policía Federal Ministerial, entrenados y capacitados para tal fin.

Citado por 0 leyes