Ley [LFRCF_200521]
Articulo 102
Ley De Fiscalización Y Rendición De Cuentas De La Federación
Artículo 102.- La Comisión, a través de la Unidad, vigilará que el Titular de la Auditoría Superior de la Federación, los auditores especiales y los demás servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación en el desempeño de sus funciones, se sujetarán a lo establecido en la y a las demás disposiciones legales aplicables.