Ley [LFRCF_200521]

Articulo 48

Ley De Fiscalización Y Rendición De Cuentas De La Federación

Artículo 48.- La Auditoría Superior de la Federación llevará a cabo las auditorías a que se refiere este Capítulo como parte de la revisión de la Cuenta Pública, con base en lo establecido en el Título Segundo de . Asimismo, podrá fiscalizar los recursos federales a que se refiere el artículo anterior, correspondientes al ejercicio fiscal en curso o a años anteriores al de la Cuenta Pública en revisión, en los términos previstos en el Título Cuarto de .

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