Ley [LFRCF_200521]
Articulo 52
Ley De Fiscalización Y Rendición De Cuentas De La Federación
Artículo 52.- La Auditoría Superior de la Federación, respecto de las garantías que, en términos de la , otorgue el Gobierno Federal sobre los financiamientos y otras obligaciones contratados por los Estados y Municipios, deberá fiscalizar:
- Las garantías que, en su caso, otorgue el Gobierno Federal, y
- El destino y ejercicio de los recursos correspondientes a la deuda pública contratada que hayan realizado dichos gobiernos estatales y municipales.