Ley [LFRCF_200521]

Articulo 58

Ley De Fiscalización Y Rendición De Cuentas De La Federación

Artículo 58.- La Auditoría Superior de la Federación, respecto de las reglas presupuestarias y de ejercicio, y de la contratación de deuda pública y obligaciones previstas en la , deberá fiscalizar:

  1. La observancia de las reglas de disciplina financiera, de acuerdo a los términos establecidos en la ;
  2. La contratación de los financiamientos y otras obligaciones de acuerdo a las disposiciones previstas en la y dentro de los límites establecidos por el sistema de alertas de dicha Ley, y
  3. El cumplimiento de inscribir y publicar la totalidad de sus financiamientos y otras obligaciones en el registro público único establecido en la .
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