Ley [LFRCF_200521]
Articulo 58
Ley De Fiscalización Y Rendición De Cuentas De La Federación
Artículo 58.- La Auditoría Superior de la Federación, respecto de las reglas presupuestarias y de ejercicio, y de la contratación de deuda pública y obligaciones previstas en la , deberá fiscalizar:
- La observancia de las reglas de disciplina financiera, de acuerdo a los términos establecidos en la ;
- La contratación de los financiamientos y otras obligaciones de acuerdo a las disposiciones previstas en la y dentro de los límites establecidos por el sistema de alertas de dicha Ley, y
- El cumplimiento de inscribir y publicar la totalidad de sus financiamientos y otras obligaciones en el registro público único establecido en la .