Ley [LGMDE_200521]
Articulo 4
Ley General En Materia De Delitos Electorales
Artículo 4. El Ministerio Público, en todos los casos, procederá de oficio con el inicio de las investigaciones por los delitos previstos en .
Ley [LGMDE_200521]
Ley General En Materia De Delitos Electorales
Artículo 4. El Ministerio Público, en todos los casos, procederá de oficio con el inicio de las investigaciones por los delitos previstos en .