Ley [LIVA]

Articulo quinto

Ley Del Impuesto Al Valor Agregado

TRANSITORIOS

quinto..- Los contribuyentes que a partir del lo. de enero de l979, adquieran bienes destinados a formar parte de su activo fijo, podrán acreditar el 50% del impuesto federal sobre ingresos mercantiles causado en el momento en que dichos bienes les fueren enajenados, contra el impuesto al valor agregado que deban pagar, de acuerdo con .

México, D. F., a 22 de diciembre de l978.- Antonio Riva Palacio López , D.P.- Antonio Ocampo Ramírez , S.P.- Pedro Avila Hernández , D.S.- Joaquín E. Repetto Ocampo , S.S.-Rúbricas.

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del artículo de la y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y ocho.- José López Portillo .- Rúbrica.-El Secretario de Hacienda y Crédito Público, David Ibarra Muñoz .- Rúbrica.-El Secretario de Gobernación, Jesús Reyes Heroles .- Rúbrica.

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