Ley [LRFIyII_Art105]
Articulo 7o
Ley Reglamentaria De Las Fracciones I Y Ii Del Artículo 105 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 7o. Las demandas o promociones de término podrán presentarse fuera del horario de labores, ante la persona titular de la Secretaría General de Acuerdos o ante la persona designada por ésta.
Artículo reformado DOF