Ley [LRFIyII_Art105]

Articulo 7o

Ley Reglamentaria De Las Fracciones I Y Ii Del Artículo 105 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 7o. Las demandas o promociones de término podrán presentarse fuera del horario de labores, ante la persona titular de la Secretaría General de Acuerdos o ante la persona designada por ésta.

Artículo reformado DOF

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