Ley Orgánica Del Instituto Nacional De Antropología E Historia
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Ley Orgánica Del Instituto Nacional De Antropología E Historia
Reglamentos vinculados
1 reglamento en el catálogo federal.
Resumen de la ley
Ley Orgánica Del Instituto Nacional De Antropología E Historia regula una materia federal identificada en su texto oficial. Su primer artículo señala: El Instituto Nacional de Antropología e Historia tiene personalidad jurídica propia y depende de la Secretaría de Cultura. El análisis local detectó 20 artículos ordinarios y materias como derechos humanos y garantías, educación, organización del estado, federalismo y municipios, trabajo y seguridad social.
Lo esencial
Qué regula
- Derechos humanos y garantías
- Educación
- Organización del Estado
- Federalismo y municipios
- Trabajo y seguridad social
A quién aplica
- Personas en los Estados Unidos Mexicanos.
- Autoridades de todos los órdenes de gobierno.
- Federación, entidades federativas, municipios y Ciudad de México.
Materias principales
- Derechos humanos y garantías
- Educación
- Organización del Estado
- Federalismo y municipios
- Trabajo y seguridad social
Derechos principales
- Derechos humanos
Aplicación práctica
Obligaciones principales
- Las autoridades deben actuar dentro de sus competencias y conforme a las obligaciones previstas en el texto.
Explora a detalle
Artículos clave
| Artículo | Por qué importa |
|---|---|
| 1o | El Instituto Nacional de Antropología e Historia tiene personalidad jurídica propia y depende de la Secretaría de Cultura. |
| 2o | Son objetivos generales del Instituto Nacional de Antropología e Historia la investigación científica sobre Antropología e Historia relacionada principalmente con la población del país y... |
| 3o | El Instituto, capaz de adquirir y administrar bienes, formará su patrimonio con los que se enumeran: |
| 4o | Los bienes que el Instituto adquiera de instituciones y personas particulares, o de gobiernos extranjeros, estarán exentos de toda clase de contribuciones, impuestos o derechos. |
| 5o | Para cumplir con sus objetivos, el Instituto se organiza: |
| 6o | El Instituto estará a cargo de un Director General, nombrado y removido libremente por el Secretario de Cultura. |
| 7o | Son facultades y obligaciones del Director General: |
| 8o | El Instituto contará con un Consejo General Consultivo que será presidido por el Director General y que estará integrado a partir de la representación de los Consejos de Area. |
| 9o | Las condiciones de trabajo vigentes de personal del Instituto se conservan en sus términos y seguirán regulándose por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado... |
| 10 | (Se deroga). |
| 11 | (Se deroga). |
| 12 | (Se deroga). |
Mapa de temas
| Tema | Artículos detectados | Descripción |
|---|---|---|
| Derechos humanos y garantías | 20 | Reconoce derechos y principios de protección frente a autoridades. |
| Educación | 20 | Regula bases y obligaciones en materia educativa. |
| Organización del Estado | 20 | Define órganos, competencias y división de poderes. |
| Federalismo y municipios | 2o, 20 | Distribuye competencias entre Federación, entidades y municipios. |
| Trabajo y seguridad social | 20 | Establece bases constitucionales del trabajo y seguridad social. |
Plazos importantes
- En cumplimiento de lo dispuesto en la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del...
- En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del...
- En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del...
- A partir de la entrada en vigor del presente Decreto, las menciones contenidas en leyes, reglamentos y disposiciones de cualquier naturaleza, respecto del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, se entenderán...
- TERCERO. Los derechos laborales de los trabajadores que presten sus servicios en el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, en la Secretaría de Educación Pública, en los órganos administrativos desconcentrados y...
- SEXTO. Los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente Decreto y sean competencia de la Secretaría de Cultura conforme a dicho Decreto, continuarán su despacho por esta dependencia, conforme...
- NOVENO. Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor de este Decreto, se cubrirán con cargo al presupuesto aprobado al Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, así como a las entidades...
Preguntas frecuentes
¿De qué trata Ley Orgánica Del Instituto Nacional De Antropología E Historia?
Ley Orgánica Del Instituto Nacional De Antropología E Historia regula una materia federal identificada en su texto oficial. Su primer artículo señala: El Instituto Nacional de Antropología e Historia tiene personalidad jurídica propia y depende de la Secretaría de Cultura. El análisis local detectó 20 artículos ordinarios y materias como derechos humanos y garantías, educación, organización del estado, federalismo y municipios, trabajo y seguridad social.
¿Qué regula Ley Orgánica Del Instituto Nacional De Antropología E Historia?
Regula principalmente derechos humanos y garantías, educación, organización del estado, federalismo y municipios, trabajo y seguridad social.
¿A quién aplica Ley Orgánica Del Instituto Nacional De Antropología E Historia?
Aplica principalmente a Personas en los Estados Unidos Mexicanos; Autoridades de todos los órdenes de gobierno; Federación, entidades federativas, municipios y Ciudad de México.
¿Qué artículos conviene revisar primero en Ley Orgánica Del Instituto Nacional De Antropología E Historia?
Conviene empezar por artículo 1o, porque El Instituto Nacional de Antropología e Historia tiene personalidad jurídica propia y depende de la Secretaría de Cultura. También puede revisarse artículo 2o, porque Son objetivos generales del Instituto Nacional de Antropología e Historia la investigación científica sobre Antropología e Historia relacionada principalmente con la población del país y...
¿En qué casos puedo usar esta ley?
Puedes usarla para ubicar derechos humanos y garantías, educación, organización del estado, federalismo y municipios, identificar sujetos obligados, revisar artículos clave y conectar el tema con leyes relacionadas.
Fuente documental y comprobación del PDF original
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