Ley [57]

Articulo 3o

Ley De Organizaciones Ganaderas

Artículo 3o.- El Ejecutivo Federal, a través de la , coordinará sus acciones con las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como con los gobiernos de las entidades federativas y municipios, en el ámbito de sus correspondientes atribuciones para la debida aplicación de .

Párrafo reformado DOF

Las organizaciones ganaderas a las que se refiere , serán consideradas de interés público, por lo que tanto el Gobierno Federal como los gobiernos de las entidades federativas y municipios, les darán todo su apoyo para la realización del objeto señalado en el artículo . de .

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