Ley [74]

Articulo 35 bis

Ley Del Banco De México

Artículo 35 bis.- El , para proveer a la observancia de la regulación que lleve a cabo, podrá realizar la supervisión de los intermediarios y entidades financieras sujetos a la regulación que este expida. Dicha facultad comprenderá las de inspección y vigilancia para comprobar el cumplimiento que los intermediarios y entidades financieras den a lo dispuesto por la y las disposiciones que emita el . Para el ejercicio de estas facultades, el Banco actuará de oficio conforme a lo dispuesto por esta misma Ley y las reglas que al efecto emita su Junta de Gobierno.

El Banco de México efectuará la inspección a que se refiere el párrafo anterior a través de visitas, verificación de operaciones y revisión de registros y sistemas, en las instalaciones, oficinas, sucursales o equipos automatizados de los intermediarios, con la finalidad de comprobar el cumplimiento de las disposiciones emitidas por el propio Banco de México, sujeto a las excepciones que establezcan las leyes especiales.

Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, los intermediarios financieros, sus representantes y sus empleados, estarán obligados a permitir al personal acreditado del Banco de México el acceso al lugar o lugares y sistemas objeto de la visita, así como a dar facilidades e informes a dicho personal para el desarrollo de su labor.

En caso de que la persona o personas con quienes se entiendan las diligencias de las visitas que practique el en términos de las reglas a que se refiere el presente artículo, se nieguen a recibir la respectiva orden de visita o de cualquier manera impidan, obstaculicen o entorpezcan la práctica de dicha diligencia, los intermediarios y entidades financieras de que se trate serán sancionados conforme a lo dispuesto en el primer párrafo del artículo , fracción II, inciso b), de , sin perjuicio de que el continúe con la visita en términos de dichas reglas.

La vigilancia se realizará por medio del análisis y monitoreo de la información que los intermediarios financieros suministren al Banco de México.

Artículo adicionado DOF

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