Ley [LEMEFAGN]

Articulo 21

Ley De Educación Militar Del Ejército, Fuerza Aérea Y Guardia Nacional

Artículo 21.- El proceso educativo que impartan las Instituciones de Educación Militar será de conformidad a las normas técnico-didácticas que expida la Dirección y Rectoría.

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